comprar estanco o administracion de loteriaExpendeduría de tabaco y timbre (estanco)  o administración de lotería. ¿que negocio me interesa mas? ¿por cual me decido?  ¿en base a que tomo mi decisión? ¿cuáles son las características de cada uno de ellos? 

Esta es una duda o cuestión muy planteada por los que se interesan en negocios protegidos y no conocen las características de cada tipo de negocio.

Ambos dos son negocios regulados por diferentes organismos estatales pero no tienen parecido entre ellos en la actividad, ni en la operativa diaria del negocio, y sí que tienen similitud en que son licencias administrativas del estado y que el cambio de titularidad de cualquiera de ellos requiere unos requisitos en parte comunes al ser una regulación estatal.

Por ello voy a exponer unos puntos importantes de cada negocio para poder conocer en más profundidad cada negocio y poder ayudar en la toma de su decisión ante esa duda. El guión que seguiré en este artículo, será el siguiente:

 

1) ¿Cuáles son los requisitos para ser titular de un estanco o una administración de lotería?

En ambos negocios son varios los requisitos a cumplir, algunos de ellos comunes para el acceso como titular de ellos:

Si cumple con los requisitos usted ya podrá ser titular de una de las concesiones. Ahora le queda conocer que hay detrás de cada una de ellas.

 

2) Características de las concesiones de estancos y loterías

      1. Tipos de concesiones de Expendedurías y de Administraciones

Tanto en Administraciones de Loterías como en Expendedurías existen varios tipos de ellas.

Las Expendedurías de Tabaco por su tipo de actividad y emplazamiento se clasifican en:

Como las Expendedurías interesantes y económicamente rentables son las de tipo General sobre todo, reflejaremos solo aquí este tipo de expendeduría.

Las administraciones de Lotería  también tienen la siguiente clasificación:

Como las Administraciones más interesantes y económicamente más rentables son las de tipo Integral, reflejaremos solo aquí este tipo de Administración.

 

       2. Plazo de la concesión o vigencia de las licencias de estancos y loterías

Las concesiones de Administraciones de Lotería son de carácter indefinido si el titular que la transmite tiene contrato mercantil con ONLAE (Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado).

Las concesiones administrativas de licencias para la explotación de Expendedurías de Tabaco se realizan a título particular, es decir a una persona física. El plazo de vigencia

 

      3. Productos autorizados a comercializar y posibilidad de disponer de otra actividad complementaria o no

En este apartado realizo una reseña al tipo de Administración de Lotería que estamos tratando ya que estamos contemplando las Administraciones Integrales y en ellas solo es posible la comercialización única y exclusiva de los productos que dispone la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), no siendo así en las Administraciones Mixtas que están anexas a otra actividad principal por lo cual pueden comercializar aquellos productos que sean de su actividad principal, no pudiendo en ningún momento la comercialización de otro tipo de juegos o apuestas que sean competencia de SELAE..

Las expendedurías de Tabaco y Timbre actualmente son tiendas de conveniencia, en las cuales se puede vender otros productos como artículos de fumador, de librería y de papelería, si el expendedor está interesado en comercializar terceros productos o servicios, y cualquier otro tipo de producto que no perjudique al tabaco, y para ello deberá cumplimentar una Declaración Responsable declarando bajo su responsabilidad, que los artículos a comercializar no afectan a la debida conservación y comercialización del tabaco y timbre del Estado ni a la seguridad de los usuarios. Por tanto sí que se permite mantener otra actividad complementaria a la de expendedor de tabaco y timbre, siendo una bastante habitual la de Punto Mixto de Lotería como complemento a la actividad principal del Estanco.

 

      4. Tipo de venta

En ambas negocios se dispone de dos posibilidades de venta; la venta en el establecimiento y la venta en el exterior del establecimiento.

La venta en el exterior del establecimiento está regulada de distinta manera para cada negocio.

     

       5. Regulación de los precios de venta.

En ambos casos al ser licencias estatales los precios de venta de sus productos están totalmente regulados, tanto para venta de las distintas loterías y  juegos de SELAE como para la venta de todas las labores de Tabaco y Timbre que los regula el Comisionado para el mercado de Tabaco (CMT).

 

      6. Comisiones que dispone cada tipo de concesión por la venta de sus productos.

Las comisiones o ingresos que tiene el concesionario de la licencia por las ventas de los productos autorizados calculados sobre el precio de venta al público son de los siguientes porcentajes:

Administraciones de Lotería:

Expendedurías de Tabaco:

 

      7. Estabilidad o estacionalidad de las ventas en cada concesión.

Esta es una de las mayores diferencias entre las dos concesiones que estamos tratando, ya que la distribución de las ventas a lo largo del año son diferentes en ambos negocios.

 

      8. ¿Dispone de techo o limitaciones su negocio?

El techo de facturación o objetivo máximo de facturación varía según la concesión sea Administración de loterías o Expendeduría de Tabaco y depende en gran medida de la ubicación del negocio.

En las Administraciones de Lotería  la actividad está abierta a la capacidad de cada gestor para gestionar su negocio ya que la venta de sus productos no tiene limitación geográfica y dependerá de los canales de venta que explote y de sus acciones comerciales (internet, peñas, empresas, locales de hostelería, comercios,…etc.)

En las Expendedurías de Tabaco y Timbre se dispone de una limitación geográfica para la venta de las labores de Tabaco por lo que dependerá principalmente de la ubicación del local donde desarrolla su actividad dado que su ubicación marcará el área de influencia en el 2º canal y si es una zona de concentración de locales de hostelería o no.

 

      9. Complejidad de la gestión del negocio.

 Ambos dos negocios son sencillos de gestionar, disponiendo en ambos casos todo el proceso de gestión muy bien procedimentado.

La gestión de las Administraciones de Lotería Integrales es muy sencilla por ser reducido el abanico de comercialización de productos, dado que solamente comercializan los productos de SELAE, cambiando si se tratase de una Administración Mixta pues su sencillez o complejidad dependerá de la actividad principal que disponga.

La gestión de las Expendedurías de Tabaco se hace más sencilla dependiendo de si dispone de 2º canal (PVR) o no,  de si comercializa diferentes líneas de productos además de las labores de tabaco,( ya que al ser una tienda de conveniencia podrá comercializar una muy amplia variedad de artículos)  y de si dispone de otra actividad complementaria o no.

 

      10. Emisión de facturas de venta

En las Administraciones de Lotería Integrales que la actividad que realizan es la compra y venta de la lotería sin incluir sobreprecio en la misma, es la entidad una mera intermediaria de esta lotería y no estarían actuando como empresarios por lo que no deberían declarar estos importes, además de ser una operación exenta por lo que no se debe emitir factura de venta.

En el caso de las Expendedurías de Tabaco, el estanquero, como cualquier comerciante, está obligado a facturar a su cliente. La factura simplificada sustituye al tique. El expendedor expedirá facturas simplificadas por cada una de las ventas realizadas directamente a los consumidores, siempre que las cantidades vendidas no excedan de cuatro cartones de cigarrillos (800), 200 unidades de cigarros, 400 unidades de cigarritos o 1 kg de las demás labores de tabaco. A partir de estas cantidades, el expendedor deberá entregar siempre a su cliente una factura ordinaria.
En cuanto al segundo canal, el expendedor tiene obligación de emitir siempre facturas ordinarias, independientemente de la cantidad que estos titulares adquieran.

 

3) Transmisión de estancos o loterías

Las Administraciones de Loterías que estén en régimen mercantil, es posible ceder o traspasar la titularidad de la licencia, necesitándose la autorización por escrito de SELAE, no siendo necesario un plazo mínimo de tiempo de permanencia como titular de la concesión.

Las expendedurías de Tabaco y Timbre igualmente pueden traspasar su licencia a aquellas personas que cumplan las condiciones estipuladas para acceder a titularidad de una expendeduría. La transmisión deberá ser objeto de autorización por el Comisionado para el Mercado de Tabacos. A tener en cuenta, un requisito para el titular que desee transmitir Inter-Vivos, es que la expendeduría debe haber ejercido esta actividad por un periodo mínimo de cinco años, salvo en aquellos casos en que se produzca una incapacidad sobrevenida y siempre que dicho titular no estuviese incurso en un procedimiento sancionador por infracción a la normativa tabaquera vigente.

 

4) Traslado del punto de venta

Ambas licencias son susceptibles de poder cambiar de ubicación pero en ambos casos deben de cumplir la normativa que regulan los traslados de cada tipo de concesión y previa autorización de los diferentes organismos que los regulan como es SELAE en al caso de las Administraciones de Lotería y del CMT en el caso de las Expendedurías de Tabaco y Timbre.

Entre los requisitos obligatorios está el cumplimiento de las distancias mínimas a otros puntos de venta, en el caso de las Loterías la distancia a otros puntos de venta  es de 250 mts, permitiendo el desplazamiento a cualquier otra ubicación de otra población que SELAE considere una mejora comercial o mejora de la distribución de su red de puntos de venta teniendo en cuenta para ello aspectos comerciales y de transito de ambas ubicaciones , y en el caso de las Expendedurías la distancia a otros estancos de 150 mts , distancia a centros escolares o educativos de 100 mts  y máxima distancia desde la ubicación actual a la propuesta de 1.500 mts dentro de la misma población (no pudiendo trasladarse a otra población distinta a la que tiene la concesión actual) y bajo la autorización de CMT teniendo en cuenta criterios de mejora del establecimiento y comerciales, siempre que haya transcurrido el plazo de 5 años desde su inicio de titularidad en su actual ubicación salvo causas de fuerza mayor de pérdida del local.

 

5) Necesidad de disponibilidad de Tesorería para iniciar la actividad

La adquisición de una licencia conlleva una inversión mínima que es la necesaria para la compra de la licencia, el fondo de comercio, los equipos y mobiliario que conlleve la unidad de negocio, no obstante la inversión puede será mayor dependiendo del estado del local si necesita una reforma o si necesita una adecuación a la imagen corporativa bien de Loterías o del CMT y la adecuación a la normativa de seguridad a nivel 3 que se exige en el caso de las Administraciones integrales.

En el caso de las Expendedurías de Tabaco hay dos puntos más de necesidad de tesorería para iniciar la actividad como es el importe del stock de Tabaco y Timbre para abrir la puerta,  que si es una transmisión deberá de realizar una valoración del  inventario del tabaco y productos a traspasar y por otro lado el principal proveedor  (Logista)  exige previo al inicio del suministro la disposición de un aval por el importe de dos sacas (saca= pedido cada 10 días).

A todo ello hay que prever las necesidades de caja para todos los demás gastos de explotación del negocio (suministros, personal, seguridad social, seguros, alarmas, asesoría, alquiler local,…) para un tiempo mínimo a establecer dependiendo del negocio en concreto y de la situación del mismo cuando lo está adquiriendo, así como de la fecha en la que está adquiriendo (Loterías) al ser estacional.