comprar estanco o administracion de loteria

¿Estanco o administración de lotería? ¿Qué es mejor?

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comprar estanco o administracion de loteriaExpendeduría de tabaco y timbre (estanco)  o administración de lotería. ¿que negocio me interesa mas? ¿por cual me decido?  ¿en base a que tomo mi decisión? ¿cuáles son las características de cada uno de ellos? 

Esta es una duda o cuestión muy planteada por los que se interesan en negocios protegidos y no conocen las características de cada tipo de negocio.

Ambos dos son negocios regulados por diferentes organismos estatales pero no tienen parecido entre ellos en la actividad, ni en la operativa diaria del negocio, y sí que tienen similitud en que son licencias administrativas del estado y que el cambio de titularidad de cualquiera de ellos requiere unos requisitos en parte comunes al ser una regulación estatal.

Por ello voy a exponer unos puntos importantes de cada negocio para poder conocer en más profundidad cada negocio y poder ayudar en la toma de su decisión ante esa duda. El guión que seguiré en este artículo, será el siguiente:

  • ¿Cuáles son los requisitos de cada uno de ellos para poder ser titular?
  • Características de cada concesión :
    • Tipos de Expendedurías y de Loterías.
    • Plazo de concesión o vigencia de las licencias.
    • Productos autorizados a comercializar y posibilidad de disponer de otra actividad complementaria o no.
    • Tipo de venta.
    • Regulación de los precios de venta.
    • Comisiones que dispone cada tipo de concesión por la venta de sus productos.
    • Estabilidad o estacionalidad de las ventas en cada concesión.
    • ¿Dispone de techo o limitaciones su negocio?
    • Complejidad de la gestión del negocio.
    • Emisión de facturas de venta.
  • Transmisión de las licencias o concesiones.
  • Traslado del punto de venta.
  • Necesidad de disponibilidad de Tesorería para iniciar la actividad.

 

1) ¿Cuáles son los requisitos para ser titular de un estanco o una administración de lotería?

En ambos negocios son varios los requisitos a cumplir, algunos de ellos comunes para el acceso como titular de ellos:

  • Ser persona física, nacional de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea y con capacidad para el ejercicio del comercio. En el caso de las Administraciones de Loterías también puede ser titular una mercantil (S.L.) siendo los partícipes de la misma personas físicas que cumplan el requisito anterior y no pudiendo ser partícipes otras sociedades interpuestas.
  • En el caso de las Expendedurías de Tabaco se requiere no tener vinculación profesional o laboral con cualquiera de los importadores, fabricantes y mayoristas de tabaco, salvo que se comprometa a cesar en las mencionadas situaciones y no será efectivo hasta que el cese se haya producido.
  • En el caso de la Administración de Loterías no puedes trabajar en la administración pública y no estar procesado por delitos de falsedad.
  • No estar en situación de quiebra o concurso de acreedores y no ser deudor de la Administración Pública (estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social).
  • No haber vendido o traspasado otra Administración de Loterías u otra Expendeduría de Tabaco
  • No haber dado lugar por causa en que se le declare culpable, a la revocación de la concesión o autorización, en su caso, de un punto de venta.
  • En el caso de las Expendedurías de Tabaco exige no haber sido condenado o hallarse procesado por delito de contrabando o sancionado por infracción administrativa de contrabando conforme a la legislación vigente.
  • No ser titular de otra Expendeduría de Tabaco, ni de una autorización de un punto de venta con recargo (PVR) y en el caso de la Administración de Loterías no ser titular de otra Administración o ser partícipe en una sociedad que lo sea.
  • Tener la disponibilidad del local en el cual se desarrolla la actividad ya sea en propiedad o en régimen de alquiler por un mínimo superior a 5 años.

Si cumple con los requisitos usted ya podrá ser titular de una de las concesiones. Ahora le queda conocer que hay detrás de cada una de ellas.

 

2) Características de las concesiones de estancos y loterías

      1. Tipos de concesiones de Expendedurías y de Administraciones

Tanto en Administraciones de Loterías como en Expendedurías existen varios tipos de ellas.

Las Expendedurías de Tabaco por su tipo de actividad y emplazamiento se clasifican en:

  • Expendedurías Generales es aquella que su actividad principal es la venta de Tabaco y timbre del estado. Pudiendo compatibilizarse con la venta de diferentes artículos aprobados por el comisionado del Mercado del Tabaco. Normalmente se encuentran ubicadas en núcleos de población densos. Son expendedurías Generales aquellas que son establecimientos comerciales instalados en locales independientes con acceso directo desde la vía pública.
  • Expendedurías Especiales Complementarias son las que permiten compatibilizar con otras actividades comerciales con la de venta de Tabaco y timbres del estado sin ser esta su actividad primordial. Normalmente se encuentran ubicadas en núcleos de población poco densos, en pequeños pueblecitos,..etc. Se instalan en tiendas diferentes ya existentes normalmente.

Como las Expendedurías interesantes y económicamente rentables son las de tipo General sobre todo, reflejaremos solo aquí este tipo de expendeduría.

Las administraciones de Lotería  también tienen la siguiente clasificación:

  • Integrales, es un establecimiento donde solo se vende lotería nacional y juegos autorizados por Loterías y Apuestas del Estado (LAE).
  • Mixtas, espacio donde, además de las loterías, se pueden vender otros productos, no siendo la actividad principal la venta de Lotería (normalmente están asociadas a negocio de productos de papelería, hostelería y estancos).

Como las Administraciones más interesantes y económicamente más rentables son las de tipo Integral, reflejaremos solo aquí este tipo de Administración.

 

       2. Plazo de la concesión o vigencia de las licencias de estancos y loterías

Las concesiones de Administraciones de Lotería son de carácter indefinido si el titular que la transmite tiene contrato mercantil con ONLAE (Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado).

Las concesiones administrativas de licencias para la explotación de Expendedurías de Tabaco se realizan a título particular, es decir a una persona física. El plazo de vigencia

  • Regla general: 25 años.
  • Procedimiento transitorio: las concesiones existentes que antes del 1 de enero de 2013 tuvieran un plazo de vigencia inferior a veinticinco años, por haber sido transmitidas, prorrogarán su vigencia otros cinco años más a contar desde el día de su extinción.
  • Asimismo, las concesiones existentes antes del 1 de enero de 2013 sin plazo de vigencia limitada, por no haber sido objeto de transmisión, tendrán una vigencia temporal de 30 años a contar desde la fecha de la primera transmisión que se produzca a partir del 1 de enero de 2013.

 

      3. Productos autorizados a comercializar y posibilidad de disponer de otra actividad complementaria o no

En este apartado realizo una reseña al tipo de Administración de Lotería que estamos tratando ya que estamos contemplando las Administraciones Integrales y en ellas solo es posible la comercialización única y exclusiva de los productos que dispone la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), no siendo así en las Administraciones Mixtas que están anexas a otra actividad principal por lo cual pueden comercializar aquellos productos que sean de su actividad principal, no pudiendo en ningún momento la comercialización de otro tipo de juegos o apuestas que sean competencia de SELAE..

Las expendedurías de Tabaco y Timbre actualmente son tiendas de conveniencia, en las cuales se puede vender otros productos como artículos de fumador, de librería y de papelería, si el expendedor está interesado en comercializar terceros productos o servicios, y cualquier otro tipo de producto que no perjudique al tabaco, y para ello deberá cumplimentar una Declaración Responsable declarando bajo su responsabilidad, que los artículos a comercializar no afectan a la debida conservación y comercialización del tabaco y timbre del Estado ni a la seguridad de los usuarios. Por tanto sí que se permite mantener otra actividad complementaria a la de expendedor de tabaco y timbre, siendo una bastante habitual la de Punto Mixto de Lotería como complemento a la actividad principal del Estanco.

 

      4. Tipo de venta

En ambas negocios se dispone de dos posibilidades de venta; la venta en el establecimiento y la venta en el exterior del establecimiento.

La venta en el exterior del establecimiento está regulada de distinta manera para cada negocio.

  • En las Administraciones de Lotería se autoriza la venta de los billetes de lotería Nacional y sorteos de Navidad y del Niño en cualquier establecimiento exterior y en cualquier ubicación, no disponiendo de una limitación de distancias al punto de venta autorizado, por lo que se puede realizar su venta en cualquier punto del país y permitiendo también realizar la venta de la lotería a través internet u otros canales de comercialización.
  • En las Expendedurías de Tabaco para la venta en el exterior del establecimiento se autoriza la venta de tabaco en máquinas expendedoras en los llamados Punto de Venta con Recargo (PVR) los cuales deben de cumplir una serie de requisitos y para ello se necesita la autorización de cada PVR por parte del Comisionado para el mercado de tabacos, siendo limitadas las autorizaciones de los PVR a que se suministre de uno de los tres estancos más cercanos al establecimiento que solicita el PVR , estando este obligado al suministro del tabaco desde el estanco que ha sido autorizado.

     

       5. Regulación de los precios de venta.

En ambos casos al ser licencias estatales los precios de venta de sus productos están totalmente regulados, tanto para venta de las distintas loterías y  juegos de SELAE como para la venta de todas las labores de Tabaco y Timbre que los regula el Comisionado para el mercado de Tabaco (CMT).

 

      6. Comisiones que dispone cada tipo de concesión por la venta de sus productos.

Las comisiones o ingresos que tiene el concesionario de la licencia por las ventas de los productos autorizados calculados sobre el precio de venta al público son de los siguientes porcentajes:

Administraciones de Lotería:

  • 5,5% de la venta de Primitiva, Bonoloto, el  Gordo de  la Primitiva, Euromillones, Quíntuple Plus y Lototurf.
  • 6 % de la venta de la Primitiva, Euromillones, Quíntuple Plus y Lototurf.
  • 4 % de la venta de Lotería de Navidad

Expendedurías de Tabaco:

  • 9% de la venta de cigarros (puros)
  • 8,5% de la venta de todas las labores del tabaco exceptuando los cigarros
  • 4% de la venta de efectos timbrados y signos de franqueo

 

      7. Estabilidad o estacionalidad de las ventas en cada concesión.

Esta es una de las mayores diferencias entre las dos concesiones que estamos tratando, ya que la distribución de las ventas a lo largo del año son diferentes en ambos negocios.

  • Las ventas en las Administraciones de Lotería son estacionales debido a que hay dos sorteos importantes y tienen una mayor venta que el resto de sorteos durante el año, siendo estos el sorteo de Navidad (el principal) y el sorteo del Niño, por ello los ingresos derivados por las ventas se agrupan en un porcentaje más alto en la temporada de venta de estos dos sorteos, y dependiendo de la localización del establecimiento si es en zona turística de costa o de interior varían también las ventas, por eso detallamos la estacionalidad de las ventas .
  • Las ventas en las expendedurías de tabaco son más regulares y estables durante el año, ya que su consumo es regular y únicamente dependiendo de la ubicación del establecimiento puede llegar a tener un pequeño componente estacional por la afección del turismo y por la mayor influencia hostelera, como puede ser el verano y las navidades.

 

      8. ¿Dispone de techo o limitaciones su negocio?

El techo de facturación o objetivo máximo de facturación varía según la concesión sea Administración de loterías o Expendeduría de Tabaco y depende en gran medida de la ubicación del negocio.

En las Administraciones de Lotería  la actividad está abierta a la capacidad de cada gestor para gestionar su negocio ya que la venta de sus productos no tiene limitación geográfica y dependerá de los canales de venta que explote y de sus acciones comerciales (internet, peñas, empresas, locales de hostelería, comercios,…etc.)

En las Expendedurías de Tabaco y Timbre se dispone de una limitación geográfica para la venta de las labores de Tabaco por lo que dependerá principalmente de la ubicación del local donde desarrolla su actividad dado que su ubicación marcará el área de influencia en el 2º canal y si es una zona de concentración de locales de hostelería o no.

 

      9. Complejidad de la gestión del negocio.

 Ambos dos negocios son sencillos de gestionar, disponiendo en ambos casos todo el proceso de gestión muy bien procedimentado.

La gestión de las Administraciones de Lotería Integrales es muy sencilla por ser reducido el abanico de comercialización de productos, dado que solamente comercializan los productos de SELAE, cambiando si se tratase de una Administración Mixta pues su sencillez o complejidad dependerá de la actividad principal que disponga.

La gestión de las Expendedurías de Tabaco se hace más sencilla dependiendo de si dispone de 2º canal (PVR) o no,  de si comercializa diferentes líneas de productos además de las labores de tabaco,( ya que al ser una tienda de conveniencia podrá comercializar una muy amplia variedad de artículos)  y de si dispone de otra actividad complementaria o no.

 

      10. Emisión de facturas de venta

En las Administraciones de Lotería Integrales que la actividad que realizan es la compra y venta de la lotería sin incluir sobreprecio en la misma, es la entidad una mera intermediaria de esta lotería y no estarían actuando como empresarios por lo que no deberían declarar estos importes, además de ser una operación exenta por lo que no se debe emitir factura de venta.

En el caso de las Expendedurías de Tabaco, el estanquero, como cualquier comerciante, está obligado a facturar a su cliente. La factura simplificada sustituye al tique. El expendedor expedirá facturas simplificadas por cada una de las ventas realizadas directamente a los consumidores, siempre que las cantidades vendidas no excedan de cuatro cartones de cigarrillos (800), 200 unidades de cigarros, 400 unidades de cigarritos o 1 kg de las demás labores de tabaco. A partir de estas cantidades, el expendedor deberá entregar siempre a su cliente una factura ordinaria.
En cuanto al segundo canal, el expendedor tiene obligación de emitir siempre facturas ordinarias, independientemente de la cantidad que estos titulares adquieran.

 

3) Transmisión de estancos o loterías

Las Administraciones de Loterías que estén en régimen mercantil, es posible ceder o traspasar la titularidad de la licencia, necesitándose la autorización por escrito de SELAE, no siendo necesario un plazo mínimo de tiempo de permanencia como titular de la concesión.

Las expendedurías de Tabaco y Timbre igualmente pueden traspasar su licencia a aquellas personas que cumplan las condiciones estipuladas para acceder a titularidad de una expendeduría. La transmisión deberá ser objeto de autorización por el Comisionado para el Mercado de Tabacos. A tener en cuenta, un requisito para el titular que desee transmitir Inter-Vivos, es que la expendeduría debe haber ejercido esta actividad por un periodo mínimo de cinco años, salvo en aquellos casos en que se produzca una incapacidad sobrevenida y siempre que dicho titular no estuviese incurso en un procedimiento sancionador por infracción a la normativa tabaquera vigente.

 

4) Traslado del punto de venta

Ambas licencias son susceptibles de poder cambiar de ubicación pero en ambos casos deben de cumplir la normativa que regulan los traslados de cada tipo de concesión y previa autorización de los diferentes organismos que los regulan como es SELAE en al caso de las Administraciones de Lotería y del CMT en el caso de las Expendedurías de Tabaco y Timbre.

Entre los requisitos obligatorios está el cumplimiento de las distancias mínimas a otros puntos de venta, en el caso de las Loterías la distancia a otros puntos de venta  es de 250 mts, permitiendo el desplazamiento a cualquier otra ubicación de otra población que SELAE considere una mejora comercial o mejora de la distribución de su red de puntos de venta teniendo en cuenta para ello aspectos comerciales y de transito de ambas ubicaciones , y en el caso de las Expendedurías la distancia a otros estancos de 150 mts , distancia a centros escolares o educativos de 100 mts  y máxima distancia desde la ubicación actual a la propuesta de 1.500 mts dentro de la misma población (no pudiendo trasladarse a otra población distinta a la que tiene la concesión actual) y bajo la autorización de CMT teniendo en cuenta criterios de mejora del establecimiento y comerciales, siempre que haya transcurrido el plazo de 5 años desde su inicio de titularidad en su actual ubicación salvo causas de fuerza mayor de pérdida del local.

 

5) Necesidad de disponibilidad de Tesorería para iniciar la actividad

La adquisición de una licencia conlleva una inversión mínima que es la necesaria para la compra de la licencia, el fondo de comercio, los equipos y mobiliario que conlleve la unidad de negocio, no obstante la inversión puede será mayor dependiendo del estado del local si necesita una reforma o si necesita una adecuación a la imagen corporativa bien de Loterías o del CMT y la adecuación a la normativa de seguridad a nivel 3 que se exige en el caso de las Administraciones integrales.

En el caso de las Expendedurías de Tabaco hay dos puntos más de necesidad de tesorería para iniciar la actividad como es el importe del stock de Tabaco y Timbre para abrir la puerta,  que si es una transmisión deberá de realizar una valoración del  inventario del tabaco y productos a traspasar y por otro lado el principal proveedor  (Logista)  exige previo al inicio del suministro la disposición de un aval por el importe de dos sacas (saca= pedido cada 10 días).

A todo ello hay que prever las necesidades de caja para todos los demás gastos de explotación del negocio (suministros, personal, seguridad social, seguros, alarmas, asesoría, alquiler local,…) para un tiempo mínimo a establecer dependiendo del negocio en concreto y de la situación del mismo cuando lo está adquiriendo, así como de la fecha en la que está adquiriendo (Loterías) al ser estacional.

 

 

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